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Departamento de Insolvencia y Derecho Bancario

Sociedad en pérdidas: obligación de disolver y responsabilidad

Cuando las pérdidas dejan el patrimonio neto de una sociedad por debajo de la mitad de su capital, los administradores tienen dos meses para convocar la junta que acuerde la disolución o remedie la situación. Si no lo hacen, responden solidariamente de las deudas sociales nacidas desde entonces.

Qué obliga a hacer la ley

  1. Detectar la causa: patrimonio neto inferior a la mitad del capital social.
  2. Convocar junta en el plazo de dos meses.
  3. Que la junta acuerde la disolución o las medidas para salir de la causa.
  4. Si la junta no se celebra o no lo acuerda, pedir la disolución judicial en el plazo legal.

Cómo salir de la causa sin disolver

  • Ampliar capital o hacer aportaciones de los socios.
  • Reducir el capital, si procede.
  • Convertir préstamos de socios en préstamos participativos, que computan como patrimonio neto a estos efectos.
  • Mejorar resultados y, si la empresa además es insolvente, acudir a un plan de reestructuración o al concurso.

¿Tu caso se parece a esto? Te lo miramos sin compromiso.

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La responsabilidad del administrador

Si no se cumplen esos deberes, los administradores responden solidariamente de las obligaciones sociales posteriores a la causa de disolución. Es una de las reclamaciones más frecuentes contra administradores de pymes.

Si la sociedad, además de pérdidas, no puede pagar, el deber que prima es el de pedir el concurso en dos meses. Lo explicamos en concurso de acreedores de una empresa.

Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si estoy en causa de disolución?

Comparando el patrimonio neto de las cuentas con la mitad del capital social. Conviene revisarlo cada cierre y en los cierres intermedios si hay pérdidas.

¿Un préstamo de los socios lo soluciona?

Si se formaliza como préstamo participativo, computa como patrimonio neto a efectos de disolución por pérdidas.

Me reclaman por esta vía, ¿qué hago?

Revisamos las fechas de la causa y de las deudas reclamadas: solo responde por las posteriores, y hay defensas posibles.

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