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Departamento de Insolvencia y Derecho Bancario

Cómo cerrar una empresa con deudas

Una empresa con deudas que no puede pagar no se cierra con una simple disolución y liquidación ante el Registro Mercantil: la vía legal es el concurso de acreedores o, si es microempresa, el procedimiento especial. Cerrarla «por la puerta de atrás» deja a los administradores expuestos.

Por qué no basta con dejarla inactiva

  • Las obligaciones siguen: impuesto de sociedades, cuentas anuales y declaraciones.
  • Las deudas no desaparecen y los acreedores pueden dirigirse contra los administradores.
  • Sin cuentas depositadas, el registro se cierra para la sociedad y aumenta el riesgo de responsabilidad.

Las vías para cerrar

  • Disolución y liquidación ordinaria: solo si la sociedad puede pagar todas sus deudas.
  • Concurso de acreedores con liquidación: ordenado y con control judicial.
  • Procedimiento especial para microempresas: más rápido y telemático, con liquidación.
  • Concurso sin masa: cuando no hay bienes ni para pagar el propio procedimiento.

¿Tu caso se parece a esto? Te lo miramos sin compromiso.

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Qué pasa con las deudas

Con la extinción de la sociedad, sus deudas no pasan a los socios. Sí siguen vivas las deudas personales: avales, derivaciones de responsabilidad o una eventual condena por concurso culpable. Para esas deudas personales existe la Ley de Segunda Oportunidad.

Cómo lo hacemos

  1. Diagnóstico de la sociedad y de los riesgos personales de los administradores.
  2. Elección de la vía adecuada.
  3. Preparación de la documentación y tramitación.
  4. Cierre registral y bajas fiscales.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta cerrar una empresa con deudas?

Depende de la vía y del tamaño de la empresa. Te damos un presupuesto cerrado por escrito tras el estudio inicial.

¿Puedo abrir otra empresa después?

Sí, salvo que el concurso se declare culpable y el juez te inhabilite. Por eso conviene hacerlo bien y a tiempo.

¿Qué pasa con los trabajadores?

Se tramitan las extinciones dentro del procedimiento y el FOGASA cubre, con límites, salarios e indemnizaciones pendientes.

¿Hablamos de tu caso?

Escríbenos y te responde un abogado. Sin compromiso y con total confidencialidad.