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Departamento de Insolvencia y Derecho Bancario

Concurso de acreedores de una empresa: cuándo y cómo

Una empresa debe solicitar el concurso de acreedores dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que conoció, o debió conocer, que es insolvente. Si no lo hace, los administradores se exponen a que el concurso se declare culpable y a responder con su patrimonio.

¿Cuándo está una empresa en insolvencia?

Cuando no puede cumplir con regularidad sus obligaciones: impagos generalizados, embargos, retrasos con Hacienda, la Seguridad Social o los salarios. La ley distingue además la insolvencia inminente —prevista en los tres meses siguientes— y la probabilidad de insolvencia en los próximos dos años, que permiten actuar antes.

Qué opciones tiene la empresa

  • Plan de reestructuración: negociar con los acreedores, antes del concurso, cambios en la deuda, los plazos o el propio negocio, con posibilidad de homologación judicial.
  • Comunicación de apertura de negociaciones: protege durante un tiempo frente a ejecuciones mientras se negocia.
  • Concurso de acreedores: con convenio para continuar o con liquidación ordenada.
  • Procedimiento especial para microempresas: si la empresa tiene menos de 10 trabajadores y factura menos de 700.000 euros o debe menos de 350.000.

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Cómo se desarrolla el concurso

  1. Solicitud con la documentación: memoria, inventario, lista de acreedores y cuentas.
  2. Declaración del concurso y, en su caso, nombramiento de la administración concursal.
  3. Comunicación y reconocimiento de créditos.
  4. Fase de convenio o de liquidación.
  5. Calificación del concurso como fortuito o culpable.

La responsabilidad de los administradores

Pedir el concurso a tiempo y con la documentación en orden es la mejor protección para los administradores. Lo explicamos en responsabilidad del administrador en el concurso.

Preguntas frecuentes

¿Puede seguir funcionando la empresa durante el concurso?

Sí. La declaración de concurso no supone el cierre: la actividad puede continuar, con la intervención o supervisión que corresponda según el caso.

¿Qué pasa con los trabajadores?

Sus créditos tienen preferencia y el FOGASA cubre, con límites, parte de los salarios e indemnizaciones impagados.

¿Y los avales personales del administrador?

El concurso de la empresa no los cancela: el banco puede reclamar al avalista. Para esas deudas personales, la Ley de Segunda Oportunidad puede ser la salida.

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