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Departamento de Insolvencia y Derecho Bancario

Cómo reclamar una factura impagada

Para reclamar una factura impagada, lo eficaz es seguir un orden: requerimiento de pago fehaciente, intento de acuerdo y, si no paga, procedimiento monitorio, que es la vía judicial rápida para deudas documentadas. Entre empresas, además, puedes reclamar los intereses de demora y una indemnización por costes de cobro.

1. Reúne la documentación

  • La factura y, si los hay, el contrato, el presupuesto aceptado o los pedidos.
  • Albaranes o pruebas de entrega del producto o del servicio.
  • Correos, mensajes y cualquier reconocimiento de la deuda.

2. Requerimiento de pago

Un burofax o un correo con acuse que fije la cantidad, el plazo para pagar y la advertencia de acudir a los tribunales. Sirve para interrumpir la prescripción y, desde abril de 2025, para acreditar que intentaste resolverlo antes de demandar, como exige con carácter general la ley.

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3. Procedimiento monitorio

Si la deuda es de dinero, está vencida y documentada, el procedimiento monitorio es la vía más rápida: el juzgado requiere al deudor que pague o se oponga en veinte días. Si no hace nada, puedes pasar directamente al embargo.

Intereses y costes entre empresas

En operaciones comerciales entre empresas, la Ley de lucha contra la morosidad permite reclamar el interés de demora legal y una indemnización por los costes de cobro desde el vencimiento de la factura.

No dejes pasar el tiempo

Las acciones para reclamar deudas tienen plazos de prescripción. Lo explicamos en cuándo prescribe una deuda.

Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar sin contrato firmado?

Sí. La factura acompañada de pruebas de la entrega o del encargo, como correos o albaranes, suele bastar para iniciar un monitorio.

¿Y si el cliente dice que el trabajo estaba mal hecho?

Si se opone con ese argumento, el monitorio se convierte en un juicio en el que habrá que probar el trabajo. Conviene tener la documentación preparada desde el principio.

¿Qué pasa si el deudor es insolvente?

Antes de demandar comprobamos su solvencia. Si está en concurso, hay que comunicar el crédito en el procedimiento concursal.

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