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Departamento de Insolvencia y Derecho Bancario

Ley de Segunda Oportunidad para autónomos

Los autónomos pueden acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad igual que cualquier particular, y cancelar tanto las deudas del negocio como las personales, con los límites que la ley fija para Hacienda y la Seguridad Social. Si mantienes actividad, normalmente se tramita por el procedimiento especial para microempresas.

Qué cambia si eres autónomo

  • Si tienes actividad empresarial o profesional y no superas los umbrales de microempresa (menos de 10 trabajadores y una facturación inferior a 700.000 euros o una deuda inferior a 350.000 euros), el cauce es el procedimiento especial para microempresas, telemático y con formularios oficiales.
  • Puedes continuar con la actividad si es viable, o cerrarla y liquidar.
  • Las deudas del negocio —proveedores, préstamos, leasing— y las personales se tratan juntas.

Las cuotas de autónomo y los impuestos

Las cuotas de autónomo impagadas y los impuestos pendientes son crédito público: se cancelan con el límite legal de cada organismo. Lo explicamos con ejemplos en deudas con Hacienda y la Seguridad Social.

¿Tu caso se parece a esto? Te lo miramos sin compromiso.

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¿Puedo seguir trabajando como autónomo?

Sí. La exoneración no te impide seguir ni volver a darte de alta. Con plan de pagos, de hecho, son los ingresos de tu actividad los que permiten cumplirlo.

Errores que conviene evitar

  • Pedir más financiación para pagar deudas antiguas cuando ya no hay salida: puede considerarse endeudamiento temerario.
  • Vender o donar bienes antes del concurso: esas operaciones pueden anularse y afectar a tu buena fe.
  • Esperar a tener embargos: cuanto antes se estudia el caso, más opciones hay.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que darme de baja como autónomo?

No necesariamente. Depende de si la actividad es viable y de la vía que elijas.

¿Y si tengo trabajadores?

Sus salarios pendientes tienen un tratamiento preferente y una parte no se cancela. Lo planificamos para cumplir con ellos.

¿Qué pasa con el leasing o el renting de mi furgoneta?

Se analizan como contratos en curso: pueden mantenerse si son necesarios para la actividad y se pagan, o resolverse. Depende de la vía elegida.

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