Qué cambia si eres autónomo
- Si tienes actividad empresarial o profesional y no superas los umbrales de microempresa (menos de 10 trabajadores y una facturación inferior a 700.000 euros o una deuda inferior a 350.000 euros), el cauce es el procedimiento especial para microempresas, telemático y con formularios oficiales.
- Puedes continuar con la actividad si es viable, o cerrarla y liquidar.
- Las deudas del negocio —proveedores, préstamos, leasing— y las personales se tratan juntas.
Las cuotas de autónomo y los impuestos
Las cuotas de autónomo impagadas y los impuestos pendientes son crédito público: se cancelan con el límite legal de cada organismo. Lo explicamos con ejemplos en deudas con Hacienda y la Seguridad Social.
¿Tu caso se parece a esto? Te lo miramos sin compromiso.
Consultar por WhatsApp¿Puedo seguir trabajando como autónomo?
Sí. La exoneración no te impide seguir ni volver a darte de alta. Con plan de pagos, de hecho, son los ingresos de tu actividad los que permiten cumplirlo.
Errores que conviene evitar
- Pedir más financiación para pagar deudas antiguas cuando ya no hay salida: puede considerarse endeudamiento temerario.
- Vender o donar bienes antes del concurso: esas operaciones pueden anularse y afectar a tu buena fe.
- Esperar a tener embargos: cuanto antes se estudia el caso, más opciones hay.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que darme de baja como autónomo?
No necesariamente. Depende de si la actividad es viable y de la vía que elijas.
¿Y si tengo trabajadores?
Sus salarios pendientes tienen un tratamiento preferente y una parte no se cancela. Lo planificamos para cumplir con ellos.
¿Qué pasa con el leasing o el renting de mi furgoneta?
Se analizan como contratos en curso: pueden mantenerse si son necesarios para la actividad y se pagan, o resolverse. Depende de la vía elegida.