Dos tipos de financiación
- Financiación interina: la que se presta mientras se negocia el plan, para mantener la actividad.
- Nueva financiación: la prevista en el propio plan de reestructuración para ejecutarlo.
Qué protección tiene
- Si el plan se homologa judicialmente, esa financiación y sus garantías quedan protegidas frente a la rescisión en un concurso posterior, salvo fraude.
- Si después llega el concurso, la mitad de ese crédito se paga como crédito contra la masa y la otra mitad tiene privilegio general.
- La protección exige que el plan afecte a una parte suficiente del pasivo, con reglas más estrictas si quien presta es una persona especialmente relacionada con la empresa.
¿Tu caso se parece a esto? Te lo miramos sin compromiso.
Consultar por WhatsAppQuién lo aporta
- Los propios bancos acreedores, como parte del acuerdo.
- Fondos especializados en situaciones especiales.
- Los socios o un nuevo inversor que entra en la empresa.
Cómo lo estructuramos
Trabajamos a la vez en la financiación y en la reestructuración: el plan, las clases de acreedores, la homologación y el contrato de financiación. Es lo que hace que la protección legal funcione. Lo explicamos en plan de reestructuración.
Preguntas frecuentes
¿Puede prestar un socio?
Sí, pero la ley endurece los requisitos para que la financiación de personas vinculadas tenga la misma protección.
¿Es más cara?
Sí, por el riesgo. La protección legal reduce ese riesgo y, con ello, el coste.
¿Y si la empresa ya está en concurso?
Dentro del concurso también se puede obtener financiación para continuar la actividad, con autorización y con su propio tratamiento.