Qué puede incluir
- Quitas: reducción de una parte de la deuda.
- Esperas: aplazamiento de los pagos, con los límites legales.
- Conversión de deuda en capital o en préstamos participativos.
- Venta de activos o de unidades productivas.
- Otras propuestas, como la cesión de bienes en pago.
Cómo se aprueba
- La empresa presenta la propuesta, que debe ir acompañada de un plan de pagos y, en su caso, de un plan de viabilidad.
- Los acreedores se adhieren o votan conforme a las mayorías que fija la ley según el contenido.
- El juez aprueba el convenio si no hay oposiciones que prosperen.
¿Tu caso se parece a esto? Te lo miramos sin compromiso.
Consultar por WhatsAppA quién vincula
Vincula a la empresa y a los acreedores ordinarios y subordinados, aunque hayan votado en contra. Los acreedores privilegiados solo quedan vinculados si se adhieren o en los supuestos que prevé la ley.
Si se incumple
Cualquier acreedor puede pedir que se declare el incumplimiento, lo que abre la fase de liquidación. Por eso es esencial un convenio realista, basado en un plan de viabilidad sólido.
Preguntas frecuentes
¿Convenio o plan de reestructuración?
El plan de reestructuración se usa antes del concurso y es más flexible; el convenio, dentro del concurso. Valoramos cuál encaja mejor según el momento de la empresa.
¿Pueden los acreedores proponer un convenio?
Sí, los acreedores que reúnan el porcentaje de pasivo que exige la ley también pueden presentar propuestas.
¿Qué pasa con Hacienda y la Seguridad Social?
Sus créditos privilegiados tienen un régimen especial; los ordinarios pueden quedar afectados en los términos legales.