Las vías principales
| Vía | Para quién |
|---|---|
| Arraigo | Quien lleva en general dos años en España y tiene vínculos, contrato o formación |
| Familiar de español | Cónyuge, pareja, hijos o padres de un ciudadano español, según los supuestos |
| Arraigo familiar | Padres de menores españoles, sin tiempo mínimo |
| Protección internacional | Quien huye de persecución o de un riesgo grave en su país |
| Razones humanitarias | Supuestos excepcionales como enfermedad grave o víctimas de determinados delitos |
Desde el primer día: guarda pruebas
- Empadrónate y mantén el padrón actualizado.
- Guarda informes médicos, recibos, envíos de dinero, matrículas y cualquier documento con fecha.
- Pide cuanto antes el certificado de antecedentes penales de tu país, que suele tardar.
¿Tu caso se parece a esto? Te lo miramos sin compromiso.
Consultar por WhatsAppLa regularización extraordinaria de 2026
Su plazo terminó el 30 de junio de 2026. Si no la pediste, las vías anteriores siguen abiertas. Lo explicamos en regularización extraordinaria 2026.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden expulsar mientras espero los dos años?
La estancia irregular es una infracción que puede dar lugar a una sanción. Si tienes un procedimiento abierto, escríbenos: hay defensas y plazos.
¿Puedo trabajar sin papeles mientras tanto?
No legalmente. Un contrato real puede servirte después para el arraigo sociolaboral.
¿Cuenta el tiempo si no estoy empadronado?
Sí, si puedes probar tu presencia con otros documentos, aunque el padrón es la prueba más sólida.