Requisitos
- Cinco años de residencia legal y continuada en España.
- No tener antecedentes penales.
- Para la larga duración UE, además, recursos fijos y regulares y un seguro de enfermedad.
Ausencias permitidas
| Ausencia | Límite |
|---|---|
| Continuada | Hasta seis meses |
| Suma de ausencias en los cinco años | Hasta diez meses |
| Por motivos laborales | Límites más amplios, acreditando la causa |
¿Tu caso se parece a esto? Te lo miramos sin compromiso.
Consultar por WhatsAppCómo se cuenta el tiempo
- Cuenta todo el tiempo con autorización de residencia.
- La estancia por estudios o voluntariado computa al 50% si después se pasa a residencia.
- La tarjeta azul UE y la protección internacional tienen reglas de cómputo propias.
Ventajas
- Trabajar por cuenta ajena o propia en cualquier sector y lugar de España.
- No tener que acreditar de nuevo los requisitos de la autorización anterior.
- La tarjeta se renueva cada cinco años como documento.
- La larga duración UE facilita residir en otros países de la Unión.
Preguntas frecuentes
¿Se pierde si salgo de España?
Se puede perder por ausencias prolongadas fuera del territorio de la Unión o de España, según el tipo. Hay vías para recuperarla.
¿Cuándo hay que pedirla?
Cuando se cumplen los cinco años, normalmente al tiempo de la renovación de la autorización que tengas.
¿Hay larga duración sin cinco años?
Sí, en supuestos especiales, como algunos pensionistas, personas nacidas en España o quienes han estado bajo tutela de una entidad pública.