Quién puede pedirla
- Trabajadores por cuenta ajena de una empresa extranjera que existe desde hace al menos un año, con una relación de al menos tres meses antes de la solicitud y que permita el teletrabajo.
- Profesionales autónomos que trabajan para clientes de fuera de España; pueden facturar a clientes españoles, pero no más del 20% de su actividad.
- Con titulación universitaria, formación profesional reconocida o tres años de experiencia en su actividad.
Ingresos mínimos en 2026
| Persona | Porcentaje del SMI | Aproximadamente al mes |
|---|---|---|
| Titular | 200% | 2.849 € |
| Primer familiar | 75% | 1.068 € |
| Cada familiar adicional | 25% | 356 € |
¿Tu caso se parece a esto? Te lo miramos sin compromiso.
Consultar por WhatsAppDos vías para pedirla
| Visado en el consulado | Residencia desde España | |
|---|---|---|
| Dónde | Consulado español del país de residencia | Por vía telemática, estando en España de forma regular |
| Duración | Hasta un año; después se pide la residencia | Hasta tres años |
| Renovación | Por la residencia | Por periodos de dos años |
Familia y fiscalidad
El cónyuge o pareja y los hijos pueden acompañar al titular, acreditando los ingresos adicionales. Los nómadas digitales pueden, cumpliendo los requisitos, acogerse al régimen fiscal especial para trabajadores desplazados; conviene revisarlo con un asesor fiscal antes de llegar.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedirla si estoy en España como turista?
Sí, la autorización de residencia puede pedirse desde España si tu estancia es regular. Conviene presentarla con margen antes de que termine.
¿Puedo trabajar para una empresa española?
Como trabajador por cuenta ajena, la empresa debe ser extranjera. Como autónomo, puedes tener clientes españoles hasta el 20% de tu actividad.
¿Necesito seguro médico?
Sí, un seguro público o privado con cobertura en España, salvo que estés cubierto por la Seguridad Social española o por un convenio.