Cómo funciona la ejecución hipotecaria
- El banco da por vencido el préstamo por impago y presenta la demanda de ejecución.
- El juzgado requiere el pago y notifica al deudor, que puede oponerse en el plazo legal.
- Si no se paga ni prospera la oposición, la vivienda sale a subasta.
- Tras la adjudicación, si quedan ocupantes, se fija el lanzamiento.
Motivos de oposición
- Cláusulas abusivas que fundamenten la ejecución o la cantidad reclamada.
- Errores en el cálculo de la deuda.
- Que no se cumplan los requisitos legales para dar por vencido el préstamo.
- Pagos ya realizados.
¿Tu caso se parece a esto? Te lo miramos sin compromiso.
Consultar por WhatsAppSi eres un deudor vulnerable
La ley permite suspender el lanzamiento de la vivienda habitual hasta el 15 de mayo de 2028 a determinados colectivos —familias numerosas o monoparentales, con menores, con miembros con discapacidad o dependencia, deudores en desempleo, víctimas de violencia de género o mayores de 60 años, entre otros— que cumplan además requisitos económicos.
Otras salidas
- Negociar con el banco una reestructuración, una carencia o la dación en pago.
- Vender la vivienda antes de la subasta para obtener un mejor precio.
- Si además hay otras deudas, la Ley de Segunda Oportunidad, que puede permitir conservar la vivienda con un plan de pagos o cancelar la deuda que quede tras la venta.
Preguntas frecuentes
Si me quitan la casa, ¿sigo debiendo dinero?
Si lo obtenido en la subasta no cubre la deuda, la diferencia se sigue debiendo. Esa deuda restante puede cancelarse con la Ley de Segunda Oportunidad.
¿Cuánto tiempo tengo para oponerme?
El plazo es breve y empieza con la notificación de la demanda. Contacta con un abogado en cuanto la recibas.
¿Puedo pararla negociando con el banco?
Sí, mientras haya un acuerdo. Negociar en paralelo a la oposición es habitual.